lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


El TS reitera doctrina sobre la compatibilidad de la incapacidad absoluta o la gran invalidez y el trabajo puntual
Para el TS, la compatibilidad prevista legalmente para la incapacidad absoluta o la gran invalidez se refiere a trabajos esporádicos o marginales que no den lugar a su inclusión en la Seguridad Social.
Indemnización adicional ante un despido improcedente por considerar insuficiente la compensación legal
El TSJPV avala el derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios en un despido improcedente al considerar insuficiente la compensación tasada por ley
El silencio administrativo positivo supone la inscripción y registro del plan de igualdad
La Sala Social del TS ha declarado que el silencio administrativo positivo impide que posteriormente se dicte una resolución expresa denegatoria.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

El Tribunal Supremo confirma el derecho a percibir íntegramente el «quebranto de moneda» independientemente de la jornada laboral

Para el TS, el importe del plus de quebranto de moneda no está estructurado en atención al tiempo de prestación del servicio, por lo que, salvo especificación por convenio, su configuración se hace en atención al manejo de moneda, no siendo relevante la duración de la jornada. 

23 de abril Iberley

El Tribunal Supremo, en su STS n.º 500/2024, de 20 de marzo de 2024, ECLI:ES:TS:2024:1777, resuelve un recurso de casación interpuesto por Ibercaja Banco, S.A., confirmando la sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce el derecho de los trabajadores a percibir el concepto no salarial de "quebranto de moneda" en su totalidad, sin reducción alguna en función de la jornada laboral realizada. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con ponencia del Excmo. Sr. D. Antonio V. Sempere Navarro, desestima el recurso de la entidad bancaria y ratifica que el "quebranto de moneda" debe ser abonado íntegramente a los trabajadores que desempeñan funciones de pagos y cobros, incluso si tienen una jornada reducida o desempeñan funciones de representación legal de los trabajadores.

La sentencia se fundamenta en la interpretación del art. 51 del convenio colectivo para las cajas y entidades financieras de ahorro (en su versión para los años 2023-2025, art. 53), así como en la jurisprudencia previa del Tribunal Supremo, que califica el «quebranto de moneda» como una indemnización no salarial y, por tanto, no divisible en función del tiempo trabajado. La Sala rechaza los argumentos de Ibercaja Banco, S.A. que alegaba que la empresa asumía todo el riesgo del manejo de moneda y que la normativa interna del banco permitía la proporcionalidad en el abono del concepto.

 









lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)